Sobre el sitio
Cómo citar Criptoruta
Cita la página concreta, el índice y la fecha de comprobación.
Actualizado: Cómo lo comprobamos
Formato recomendado
Criptoruta (2026). Ranking de plataformas cripto en España, índice 2026.1. Datos comprobados el 30.10.2026. https://criptoruta.com/
Condiciones
- Puedes citar cifras y tablas con enlace a la página de origen.
- Indica siempre la fecha de comprobación: las tarifas cambian.
- Las cotizaciones son de CoinGecko (Powered by CoinGecko) y el índice de miedo y codicia, de alternative.me: cítalos a ellos.
● RUTA VERIFICADA · MICA & CNMV
Ficha técnica y resumen normativo: Cómo citar Criptoruta
- Tema principal
- Cómo citar Criptoruta
- Resumen ejecutivo
- Cita la página concreta, el índice y la fecha de comprobación.
- Autoridad y normativa de referencia
- CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), Banco de España y Registro MiCA de ESMA (Reglamento UE 2023/1114 MiCA y Ley 58/2003 General Tributaria)
- Marco fiscal en España
- Base del Ahorro IRPF (19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 €, 30 % más de 300.000 €) con método FIFO; Modelo 100, Modelo 720/721 (> 50.000 € en custodia extranjera) y directiva DAC8.
- Criterio metodológico
- Cálculo transparente basado en tarifas oficiales publicadas y registros públicos
- Fecha de verificación y fuente
- Criptoruta (Criptodata Lab) · Datos comprobados el 2026-10-30

Tabla resumen y matriz de decisión: Cómo citar Criptoruta
| Dimensión clave | Detalle verificado en esta guía | Normativa y fuente oficial (España / UE) |
|---|---|---|
| Alcance del análisis | Cómo citar Criptoruta | Metodología abierta Criptoruta (2026-10-30) |
| Síntesis operativa | Cita la página concreta, el índice y la fecha de comprobación. | Datos contrastados con fuentes primarias |
| Supervisión regulatoria | CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), Banco de España y Registro MiCA de ESMA | Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) y registros públicos |
| Impacto fiscal (AEAT) | Base del Ahorro IRPF (19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 €, 30 % más de 300.000 €) con método FIFO; Modelo 100, Modelo 720/721 (> 50.000 € en custodia extranjera) y directiva DAC8. | Ley 35/2006 del IRPF, Modelo 100, Modelo 721 y DAC8 |
| Criterio de seguridad | Verificación de entidad legal, licencia MiCA y custodia antes de depositar | Lista de advertencias de CNMV e IOSCO |
| Perfil de usuario / Escenario | Opción o actuación recomendada | Justificación económica, fiscal y de seguridad |
|---|---|---|
| Principiante o ahorro periódico (DCA 50 €–500 €/mes) | Plataforma autorizada MiCA con depósito SEPA gratuito y comisión baja (< 0,50 %) | Minimiza el coste total (TCO), evita bloqueos bancarios y facilita la exportación de informes FIFO para el Modelo 100 del IRPF. |
| Inversor de medio/largo plazo (> 5.000 € en cartera) | Compra en exchange regulado MiCA + retiro a cartera hardware de autocustodia | Elimina el riesgo de contraparte de la plataforma y mantiene las claves privadas bajo control propio (exento de Modelo 721 en autocustodia pura). |
| Usuario que prioriza simplicidad fiscal ante la AEAT | Entidad registrada en España o ETP cotizado en bróker con informe fiscal automático | Facilita el volcado de ganancias y pérdidas patrimoniales en las casillas 1800–1814 de la Renta y cumple sin fricción con la directiva DAC8. |
| Verificación ante ofertas dudosas o plataformas sin licencia | Comprobar primero el registro MiCA de ESMA/CNMV y no enviar fondos a entidades no autorizadas | Las plataformas sin pasaporte MiCA o incluidas en la lista gris/negra de la CNMV carecen de supervisión europea y protección de segregación de activos. |